El pasado 20 de octubre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 888/2022, impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Se instaura un nuevo baremo de valoración de la discapacidad que sustituye el que estaba en vigor desde 1999 y se adapta al modelo social de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.
El Decreto entrará en vigor el próximo 20 de abril de 2023 y con él se establece el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, además de incorporar una perspectiva social de la discapacidad. Así pues, lo que se pretende es garantizar que la evaluación sea certera y uniforme a nivel estatal.
De acuerdo con los nuevos criterios, se establecen cinco grados de discapacidad que abarcan desde la inexistente a la total:
- Grado 0: No hay discapacidad (del 0% al 4%)
- Grado 1: Leve (del 5% al 24%)
- Grado 2: Moderada (del 25% al 49%)
- Grado 3: Grave (del 50% al 95%)
- Grado 4: Total o Completa (del 96% al 100%)
Después de haberse reconocido la discapacidad, la Administración competente emitirá la tarjeta acreditativa que sirve para que una persona pueda justificar su grado de discapacidad sin tener que mostrar la Resolución administrativa. En la tarjeta constaran los siguientes datos:
a) Datos identificativos.
b) Grado de discapacidad.
c) Periodo de vigencia.
d) Dificultades de movilidad, en su caso.
e) Necesidad de tercera persona, en su caso.
f) Medidas de seguridad y confidencialidad.
Para más información y detalles, se puede consultar el Real Decreto 888/2022, donde se ven los 6 anexos que explican cómo hacer el procedimiento y cuáles son los baremos.